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Solicitud ayudas para la instalación de ascensores y supresión de barreras arquitectónicas 2024

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Solicitud ayudas para la instalación de ascensores y supresión de barreras arquitectónicas 2024

Desde el día 29/11/2024 hasta el día 09/12/2024

Mediante el presente trámite se solicita la concesión de subvenciones para la instalación de ascensores y supresión de barreras arquitectónicas para favorecer la accesibilidad.

Personas beneficiarias: Serán  beneficiarias  de  las  presentes  ayudas  las  personas  físicas  o  jurídicas como  las  comunidades  de  bienes,  sociedades  civiles  u  otras  entidades  económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, titulares del inmueble objeto de la instalación de ascensores y supresión de barreras arquitectónicas.

Finalidad: La  finalidad  de  la  convocatoria  es  distribuir  las  ayudas  para  favorecer  la accesibilidad  en  las  edificaciones  de  carácter  residencial  existentes  en  el  municipio que   carezcan   de   dicho   equipamiento   y   sea   procedente   su   implantación   en cumplimiento  de  normativas  legales  aprobadas  con  posterioridad  a  la  construcción del edificio.

Bases reguladoras: Convocatoria para la concesión de subvenciones para la instalación de ascensores y supresión de barreras arquitectónicas para favorecer la accesibilidad 2024 (publicado en el BOP núm. 230 de fecha 28.11.2024).

Importe: La cuantía de la ayuda a percibir ascenderá a:

  • 4.000,00  euros  en  los  supuestos  de  instalación  de  ascensores  en  bienes inmuebles,  con  una  antigüedad  superior  a  quince  años,  legalmente  emplazados  en suelo urbano con uso residencial, cuyo uso principal sea el de vivienda colectiva.
  • 2.000,00  euros  en  los  supuestos  de  instalación  de  ascensores  en  bienes inmuebles,  con  una  antigüedad  superior  a  quince  años,  legalmente  emplazados  en suelo urbano con uso residencial, cuyo uso principal sea el de vivienda unifamiliar.
  • 1.000,00  euros  en  los  supuestos  de  instalación  de  plataformas  elevadoras verticales  y  plataformas  elevadoras  inclinadas  (salvaescaleras),  en  bienes  inmuebles con una antigüedad superior a quince años, legalmente emplazados en suelo urbano con uso residencial, cuyo uso principal sea el de vivienda, unifamiliar o colectiva.
  • 500,00  euros  en  los  supuestos  de  instalación  de  sillas  salvaescaleras, destinadas  a  salvar  pequeños  desniveles  no  mayores  a  una  planta,  en  bienes inmuebles  con  una  antigüedad  superior  a  quince  años,  legalmente  emplazados  en suelo urbano con uso residencial, cuyo uso principal sea el de vivienda, unifamiliar o colectiva.
  • 2.000,00 euros en los supuestos de obras referidas a la bajada del ascensor o instalación a cota cero.

Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales desde el día siguiente a la publicación de la convocatorias en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en el BOP, según el procedimiento previsto en el art. 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AJUNTAMENT DE XIRIVELLA - P4611200I
Plaça de la Concòrdia, 6
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