¿Quién puede optar a estas ayudas?
Podrán ser personas beneficiarias los/las menores de 16 años, o que cumplan 16 años en 2024, siempre y cuando cumplan con todos los requisitos establecidos en estas bases en el momento de la presentación de la solicitud:
Si la falta de empadronamiento del o de la menor obedeciese a motivos imputables a la Administración, bastará el empadronamiento de las madres, padres o representantes legales, empadronando al o a la menor con posterioridad.
Cuantía de las ayudas
El importe de cada subvención por deportista no podrá ser superior a 30,00 euros. En el caso de que el gasto sea menor de la cantidad máxima señalada, únicamente se podrá conceder y abonar la cuantía por el valor justificado.
Gastos subvencionables
Serán subvencionables todos aquellos gastos de equipamiento y material deportivo que el/la deportista solicitante haya asumido entre el 1 de agosto de 2024 y el último día de plazo para la solicitud de esta ayuda.
Presentación de solicitudes
Plazo: Del 11 al 31 de octubre de 2024.
Para la tramitación telemática se deberá disponer de firma electrónica avanzada. Si no se dispone de la firma electrónica avanzada, deberá acudir a la representación a través de persona que sí que disponga, acreditando la representación.
La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no utilización de los formularios normalizados de uso obligatorio serán causas de inadmisión.
Documentación
Las personas interesadas en las ayudas reguladas en la presente convocatoria y que reúnan los requisitos detallados para ser persona beneficiaria y que estén inscritas en algún club deportivo fuera de este municipio, deberá incluir en la instancia el documento acreditativo de pertenencia en dicho club durante la temporada deportiva 2024/2025.