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Solicitud de bonificación del IVTM para vehículos históricos o ecológicos

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Solicitud de bonificación del IVTM para vehículos históricos o ecológicos

DESCRIPCIÓN

  • Bonificación del IVTM para vehículos históricos:
    • Los vehículos que sean considerados de carácter histórico o aquellos que tengan una antigüedad mínima de 25 años contados a partir de la fecha de su fabricación podrán beneficiarse del 30 % de la cuota del impuesto. Si esta no se conociese, se tomará como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, desde la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.
    • El nivel de conservación de estos vehículos, de acuerdo con las características del modelo original, ha de ser considerado de museo, es decir, restaurados para colección. El Ayuntamiento de Xirivella podrá solicitar que se acrediten los requisitos necesarios para considerarlo de interés histórico.
  • Bonificación del IVTM para vehículos ecológicos:
    • Se establecen las bonificaciones que se relacionan a continuación en función de las características de los motores de los vehículos y su incidencia en el medio ambiente y en función de la clase de carburante que consume el vehículo, con razón de la incidencia de la combustión de este carburante en el medio ambiente, las cuales se otorgarán durante 8 ejercicios: 
      • Vehículos cero emisiones: bonificación del 75%.
      • Vehículos Eco: bonificación del 75%.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

Las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria a nombre de las cuales figura el vehículo en el permiso de circulación.

¿CUÁNDO SOLICITARLO?

Antes del 31 de diciembre del año en curso para que surta efectos, en caso de concederse la bonificación, en el ejercicio siguiente.

Con carácter general la concesión de beneficios fiscales, no tendrá carácter retroactivo, por lo que en caso de concederse, sus efectos empezarán a operar desde el momento en que por primera vez tenga lugar el devengo del tributo con posterioridad a la fecha de solicitud del beneficio fiscal.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  • Permiso de circulación.
  • Ficha técnica del vehículo.
  • DNI de la persona interesada si no está empadronada en Xirivella.

¿DÓNDE PRESENTARLO?

Personas físicas:

  • En la sede electrónica (xirivella.sedipualba.es).
  • De forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento de Xirivella, situado en la plaza de la Concordia 6.
  • En los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

Personas jurídicas: Únicamente por registro electrónico, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015.

CONTACTO

  • Área gestora: Área económica
  • Unidad tramitadora: Gestión tributaria
  • Correo electrónico: tributs@xirivella.es
  • Teléfono contacto: 96 313 50 50 (EXT. 2145 a 2149)

FUENTES JURÍDICAS Y/O DOCUMENTALES

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE XIRIVELLA - P4611200I
Plaça de la Concòrdia, 6
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