DESCRIPCIÓN
Mediante este trámite la persona interesada puede presentar la declaración responsable para la realización de obras de reforma y rehabilitación de fachada que requieran la instalación de andamio u otras instalaciones auxiliares, tales como plataforma elevadora, marquesina, contenedores de obra, vallas, etc, y que no tenga ningún tipo de protección patrimonial.
En el supuesto de inmuebles con algún tipo de protección patrimonial (p.e protección ambiental), las siguientes actuaciones se sujetan al régimen de declaración responsable, por entender que carecen de transcendencia patrimonial:
a) Las intervenciones que afecten a la envolvente exterior del edificio, SOLO cuando las fachadas y cubiertas no tengan alterados sus huecos ni sus elementos compositivos y decorativos originales, siempre que no afecten a su percepción exterior, y aquellas que se limiten a la conservación, reposición y mantenimiento de elementos existentes, sean reversibles y no comporten alteración de la situación anterior.
b) Las sustituciones de carpintería en huecos de fachadas protegidas, cuando los huecos afectados no estén alterados ni les falten elementos compositivos y decorativos originales y la sustitución de la carpintería sea por otras idénticas a las originales en todos los aspectos (composición, sistema de apertura, material y color).
Medios auxiliares:
En los casos de obras que requieran la instalación de medios auxiliares de construcción tales como plataforma elevadora, andamio u otros en la vía pública, deberá presentarse el modelo de instancia normalizada de "Obras de reforma y rehabilitación de fachada con andamio u otras instalaciones auxiliares (sin ningún tipo de protección patrimonial)" y obtenerse la previa licencia de ocupación de vía pública
Si la obra requiere la instalación de andamio, plataforma elevadora u otras instalaciones auxiliares de construcción, el inicio de las obras que afecten a la fachada y requieran de estos elementos auxiliares, no podrá ejecutarse hasta que se obtenga la previa licencia de ocupación de vía pública.
¿QUIEN PUEDE SOLICITARLO?
Cualquier persona física o jurídica, en su nombre o a través de su representante, que ostente la condición de promotora de la obra.
¿CUANDO HA DE SOLICITARSE?
La declaración responsable para la ejecución de obras de reforma y rehabilitación de fachada, en cualquier momento anterior al inicio de la ejecución de las mismas.
No obstante, para la ejecución de las obras que requieran la instalación de andamio, plataforma elevadora u otros elementos auxiliares, la solicitud de autorización de la ocupación de la vía pública deberá presentarse con, al menos, un quince días hábiles de antelación a la citada ocupación. El silencio administrativo es negativo, no pudiéndose instalar en la vía pública los elementos auxiliares de la construcción hasta la obtención de la preceptiva licencia municipal.
¿DONDE PRESENTARLO?
Personas físicas:
Personas jurídicas: Únicamente en la sede electrónica (sede.xirivella.es), de acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
DOCUMENTACIÓN
Ver reverso de la instancia normalizada y que consta en Documentación informativa.
Toda la documentación técnica deberá presentarse:
Cuando la documentación técnica presentada no deba estar visada por el colegio profesional correspondiente, deberá ir acompañada de una declaración responsable del personal técnico redactor donde declare que es competente para redactar y firmar la misma y que no se encuentra incapacitado ni administrativa ni judicialmente para esta labor (según el modelo del Anexo II).
En el caso de tramitación presencial:
CONTACTO
FUENTES JURÍDICAS Y/O DOCUMENTALES