1. Objeto del procedimiento
El Registro tiene por objeto permitir al Ayuntamiento conocer el número de entidades existentes en el Municipio, sus fines y su representatividad, a los efectos de posibilitar una correcta política municipal de fomento del asociacionismo.
2. Requisitos
Pueden solicitar la inscripción todas la Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas, inscritas en los correspondientes Registros Públicos, y con sede en el municipio de Xirivella.
Asociaciones cuyo objeto sea la defensa, fomento o mejora de los intereses generales o sectoriales de los vecinos del municipio y, en particular, las asociaciones de vecinos de un barrio o distrito, las de padres de alumnos, las entidades culturales, deportivas, recreativas, juveniles, sindicales, empresariales, profesionales y cualesquiera otras similares.
3. Plazo de solicitud
Durante todo el año.
4. Documentación
Solicitud. (El formulario debe firmarse electrónicamente. Para ello es necesario disponer de un certificado digital de la entidad)
La solicitud deberá ir acompañada de:
- Estatutos de la asociación vigentes.
- Resolución o certificado de inscripción en el Registro correspondiente.
- Relación de personas que ocupan cargos directivos
- Presupuesto del año en curso.
- Programa de actividades del año en curso.
- Certificado de la Secretaría de la asociación, con el VºBº de la Presidencia, en el que se haga constar el número de personas asociadas.
- CIF de la asociación.
- En caso de estar reconocida como entidad de utilidad pública, resolución de dicho reconocimiento.
5. Forma de presentación
Tramitación telemática (https://xirivella.sedipualba.es).
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, certificado digital de la entidad, pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica del Ayuntamiento de Xirivella.
6. Normativa
1.- Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL).
2.- Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana.
3.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.- Ley 40/2015, de 1 de octubre, Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF).
6.- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL).
7.- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación.
8.- Ley 14/2008, de 18 de noviembre de 2008, de la Generalitat, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana
9.- Decreto 181/2002, de 5 de noviembre, del Gobierno Valenciano, por el que se crea el Registro Autonómico de Asociaciones de la Comunidad Valenciana DOGV nº 4375, de 11/11/02).
10.- Ordenanza Municipal Reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Xirivella (Boletín Oficial de la Provincia número 130 de fecha 9 de julio de 2015).
11.- Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Xirivella (Pleno de 15 de junio de 2005 - BOP nº 203, de 27 de agosto de 2005)
7. Resolución
En el plazo máximo de tres meses desde la solicitud de inscripción, y salvo que éste hubiera de interrumpirse por la necesidad de aportar documentación no incluida inicialmente, el Ayuntamiento notificará a la asociación su número de inscripción y a partir de ese momento se considerará de alta a todos los efectos.
Contacto
Registro Municipal de Asociaciones
Correo electrónico: secretaria@xirivella.es
Teléfono contacto: 963 135 050