DESCRIPCIÓN
Mediante este trámite se presenta declaración responsable para la segunda o posterior ocupación de las viviendas, la cual tiene por objeto comprobar la adecuación de los inmuebles a la normativa de habitabilidad de aplicación, en función del uso y características de los edificios, así como la aptitud para su uso, conforme a las exigencias de diseño y calidad o cualesquiera otras exigibles para su destino a vivienda conforme a la normativa de aplicación.
¿QUIEN PUEDE PRESENTAR LA DECLARACIÓN RESPONSABLE?
En los expedientes de segunda o posterior ocupación, se entiende por declarante a la persona propietario del inmueble, sin perjuicio de que en la declaración responsable se refleje, en el caso de viviendas de alquiler, la persona que ocupa la posición de arrendataria, a los efectos de la contratación de los suministros de electricidad, agua, gas u otros servicios de suministros. En los restantes supuestos, se indicará, además de la persona propietaria, la persona a cuyo nombre se van a contratar los suministros y la condición en la que ocupa el inmueble.
¿CUANDO HA DE PRESENTARSE?
Las declaraciones responsables de segunda ocupación o posterior deben renovarse, transcurridos 10 años desde la obtención de la licencia de primera ocupación (o, en su caso, título habilitante de primera ocupación), cuando concurra una de las siguientes circunstancias:
a) Cada vez que se produzca la segunda o posteriores transmisiones de la propiedad.b) Cuando sea necesario formalizar un nuevo contrato de suministro de agua de consumo humano, gas o electricidad. No se considerará nuevo contrato de estos cuando el titular cambie de compañía suministradora.
En el caso de edificaciones existentes que carezcan de título habilitante de ocupación anterior, será necesario presentar declaración responsable de segunda o posterior ocupación:
EFECTOS
La presentación de la declaración responsable junto con la documentación citada en la instancia normalizada faculta para la ocupación y uso de la vivienda desde el día de su presentación, sin perjuicio de las potestades municipales de comprobación, control o inspección de los requisitos habilitantes para el ejercicio del derecho y de la adecuación de lo ejecutado al contenido de la declaración.
Los efectos señalados se podrán hacer valer siempre que el contenido de la declaración responsable sea conforme con el planeamiento y la normativa urbanística, de habitabilidad y cualquier otra que resulte de aplicación y vaya acompañada de las autorizaciones y documentación requerida en cada caso por la normativa de aplicación.
La inexactitud, falsedad y/u omisión de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore en la declaración responsable junto a la instancia, o la no presentación ante la administración competente de la misma, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o el ceso de la ocupación o utilización, en su caso, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar, desde el momento en que se tenga constancia de estas circunstancias.
La declaración responsable solo se tendrá por efectuada desde la fecha en que se presente junto con la documentación completa en el registro de entrada o sede electrónica, teniendo la misma una vigencia de 10 años.
Carecerán de validez y eficacia las declaraciones responsables de ocupación que se presenten y registren cuando se haya iniciado por el Ayuntamiento expediente de protección de legalidad urbanística, de restauración de la ordenación urbanística vulnerada o de infracción en materia de ordenación del territorio y urbanismo pendiente de resolución.
¿DONDE PRESENTARLA?
Personas físicas:
Personas jurídicas: Únicamente por registro electrónico, de acuerdo con el artículo 14.2 de la antes mencionada Ley.
DOCUMENTACIÓN
Con carácter general:
En el caso de tramitación presencial:
CONTACTO
FUENTES JURÍDICAS Y/O DOCUMENTALES