RENOVACIÓN AUTOMÁTICA OCUPACIÓN DE VIA PÚBLICA CON MESAS Y SILLAS :
Documentación necesaria :
Información previa importante :
En el supuesto de solicitud de renovación automática de autorizaciones, ésta deberá presentarse con una antelación mínima de 15 días hábiles a la fecha de inicio para la temporada para la cual se solicita la autorización.
Se entiende como renovación automática aquellas solicitudes en las que no se vean modificadas las condiciones espaciales, temporales, de los elementos instalados en la terraza o de titularidad del local afectado autorizadas en el ejercicio inmediatamente anterior.
Podrá no tener lugar la renovación de las autorizaciones, previa audiencia al interesado, en los siguientes supuestos:
a) Cuando se hayan iniciado procedimientos de los que se desprenda la existencia de molestias o perjuicios derivados del funcionamiento de la actividad principal o accesoria.
b) Cuando se hayan incumplido las condiciones de la autorización o de la presente Ordenanza. c) Cuando no se haya procedido al pago de la tasa correspondiente.
d) Cuando en el período autorizado esté prevista la ejecución de actuaciones públicas que modifiquen la realidad física existente en el momento de otorgamiento de la autorización.
e) Cuando la concentración de terrazas sobre una plaza o emplazamiento determinado pueda suponer la alteración de su destino natural o generar grave impacto medioambiental. En este caso, las solicitudes de nuevas instalaciones o renovaciones serán resueltas conjuntamente, estableciéndose las condiciones o restricciones que se estimen adecuadas.
CONTACTO :
PAGO TASAS Y AUTOLIQUIDACIÓN :