Solicitud de cambio de epígrafe para vados y reservas de la vía pública
Presentación de instancia rellenada junto con la documentación siguiente, dependiendo de la tipología de la autorización:
Presentar fotocopia de todos los documentos que a continuación se detallan
1. Establecimientos industriales o comerciales, talleres i lavaderos
-Titularidad del local (escritura o recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles). Contrato dearrendamiento y conformidad del propietario en caso de no ser el dueño.
-Documento acreditativo del alta del Impuesto de Actividades Económica
-Plano a escala del local
-Licencia de apertura o solicitud de la misma
2. Individuales
-Titularidad del local (escritura o recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles). Contrato de arrendamiento y conformidad del propietario en caso de no ser el dueño.
-Matrículas de los vehículos que se guardaran (mínimo dos)
-Plano a escala del local con señalamiento de la parte que se destine expresamente a albergar los vehículos (mínimo 40 m2)
-Licencia de1ª ocupación en lcoales de obra nueva
Si el solicitantes tiene la condición de minusválido, pra poder beneficiarse de la exclusión de la limitación del 20% de concesión, habrá de presentar además:
-Informe sobre movilidad reducida expedido por la Consellería de Bienestar Social.
3. Colectivos y grandes superficies
Para los colectivos privados:
-Licencia de1ª ocupación
Para los colectivos públicos y grandes superfícies:
-Núm. de expediente de la licencia de apertura
4. Reserva de vía pública para carga y descarga
-Recibo del IBI o contrato de alquilar del local (en el caso de no ser titular del local al que está sujeta la reserva)
-Matrículas y características de los vehículos
-Metros lineales de ocupación
FUNDAMENTO LEGAL:
La modificación en la tipología de vado o reserva de la vía pública requiere que el local o la zona se ajusten a las condiciones técnicas que para dicha modalidad se recogen en el Reglamento Regulador de la concesión de autorización para entrada de vehículos a través de las aceras (publicado en el BOP núm. 171 el 20 de julio de 2002) y el resto de normativa sectorial aplicable vigente en el momento de la presentación de la solicitud de modificación.
Un cambio de epígrafe implica causar baja en la autorización concedida y alta en el nuevo tipo de vado o reserva de la vía pública solicitado.