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SUBVENCIONES AYUDA GASTOS DE EQUIPAMIENTO O MATERIAL DEPORTIVO A DEPORTISTAS FEERADOS DE XIRIVELLA 2026

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SUBVENCIONES AYUDA GASTOS DE EQUIPAMIENTO O MATERIAL DEPORTIVO A DEPORTISTAS FEERADOS DE XIRIVELLA 2026

Desde 07/10/2026 0:01 hasta 22/10/2026 23:59

¿Quién puede optar a estas ayudas?

Podrán ser personas beneficiarias los padres, madres o tutores legales de deportistas menores de 16 años, o que cumplan 16 años en 2026, siempre y cuando cumplan con todos los requisitos establecidos en estas bases en el momento de la presentación de la solicitud.

  1. Que el deportista por el que se pide la subvención sea menor de 16 años o cumpla los 16 años en 2026.
  2. El/la menor precisará estar empadronado/a en el municipio de Xirivella. Si la falta de empadronamiento del o de la menor obedeciese a motivos imputables a la Administración, bastará el empadronamiento de las madres, padres o representantes legales, empadronando al o a la menor con posterioridad. 
  3. Formar parte de un club Deportivo, tanto de Xirivella como de otra localidad, debiendo tener licencia federativa del ejercicio 2026 o de la temporada 2026/2027, a la vez que deberá estar federado en el momento de solicitud de la instancia, en la especialidad deportiva para la que solicitará la ayuda de material deportivo, o al menos tener ficha de inscripción en el club deportivo.
  4. La adquisición del material financiado debe estar comprendida entre el 1 de mayo y el 22 de octubre de 2026.
  5. Estar tutor legal al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), con la Agencia Tributaria, así como que no tenga deuda pendiente con el Ayuntamiento de Xirivella.
  6. No incurrir las personas beneficiarias en ninguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  7. Las personas beneficiarias no deben incurrir en ninguna de las causas de exclusión o incompatibilidad señaladas en el artículo 6 de esta convocatoria.

 

Cuantía de las ayudas

El importe de cada subvención por deportista no podrá ser superior a 50,00 euros. En el caso de que el gasto sea menor de la cantidad máxima señalada, únicamente se podrá conceder y abonar la cuantía por el valor justificado.


Gastos subvencionables

Serán subvencionables todos aquellos gastos de equipamiento y material deportivo que el/la solicitante haya asumido entre el 1 de mayo y el 22 de octubre de 2026 para el menor por el que se solicita esta ayuda. El material debe estar relacionado con el deporte practicado por el menor.


Presentación de solicitudes

Plazo: Del 7 al 22 de octubre de 2026.


Para la tramitación telemática se deberá disponer de firma electrónica avanzada. Si no se dispone de la firma electrónica avanzada, deberá acudir a la representación a través de persona que sí que disponga, acreditando la representación.

Para la tramitación presencial: se adjunta calendario (según edades de los deportistas) para aquellas personas que opten por la presentación presencial en el Gabinete de Información del ayuntamiento de Xirivella.

La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no utilización de los formularios normalizados de uso obligatorio serán causas de inadmisión. 


Documentación

  • Solicitud de la subvención, mediante el modelo de instancia preestablecido. La solicitud normalizada tendrá que estar firmada por el representante legal del menor que aparezca en la instancia. 
  • Factura o ticket de compra en cualquier establecimiento, con justificación de adquisición de equipamiento o material deportivo, donde deberá estar descrito el tipo de equipamiento o material deportivo del que se trata, con el fin de que se pueda comprobar la idoneidad para la práctica deportiva del/la menor. Se puede presentar también un certificado del club según modelo adjunto.
  • DNI del/la solicitante (padre, madre o tutor legal que convivan con la persona solicitante y que aparezca como representante en la instancia).
  • DNI/NIE del menor (cuando sea obligado su pertenencia, o en caso de que, a pesar de no ser obligatoria su pertenencia, disponga del mismo). 
  • Licencia federativa del ejercicio 2026 o de la temporada 2026/2027, o certificado acreditativo equivalente, de la modalidad deportiva correspondiente en vigor, expedida por la Federación oportuna, o ficha de inscripción (certificado del club según modelo adjunto) en un club deportivo legalmente constituido como entidad deportiva y dado de alta en la correspondiente federación deportiva.
  • Ficha de mantenimiento de terceros o certificado de titularidad de la cuenta bancaria en la que la persona solicitante sea titular o cotitular. 


 

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Se requiere que la representación de todos/as los/las interesados/as sea comprobable electrónicamente, es decir, si un interesado/a actúa con representante, debe estar autenticado con el certificado digital de representante correspondiente, o bien, tener un apoderamiento de ese/esa interesado/a para cualquier trámite registrado en el sistema Apodera de la AGE. También se permite que el/la propio/a interesado/a, autenticado/a mediante certificado digital o Cl@ve, nombre como representante a cualquier persona.
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE XIRIVELLA - P4611200I
Plaça de la Concòrdia, 6
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